Confidencialidad

Tu reclamación es confidencial

Todas las solicitudes y documentos relacionados del Virginia Victims Fund (VVF), incluida la información médica y los registros, son altamente confidenciales. Salvo que lo requiera la ley de Virginia o federal, la VVF solo puede divulgar la información de la víctima o del solicitante con su licencia por escrito. Esta confidencialidad se aplica a todo el material en una reclamación de indemnización a víctimas. Si desea que otra persona llame en su nombre y hable con representantes de VVF sobre su reclamación, por favor complete el Formulario de Licencia para Hablar.

El Acuerdo Notarial firmado por el solicitante permite a VVF compartir información con entidades, como organismos gubernamentales o proveedores médicos, de salud mental y funerarios, así como con empleadores y compañías de seguros. VVF puede comunicar con esas entidades con el fin de obtener información y documentación para determinar su elegibilidad para la compensación.

VVF puede divulgar públicamente información sobre sus actividades en general, incluyendo datos resumen, como la información contenida en el Reporte Anual o publicada en el sitio web de VVF. La información no incluirá ningún dato identificativo.

§ 19.2-368.6 del Virginia code establece que los proveedores de atención sanitaria, tal como se definen en el § 8.01-581.1, deberá proporcionar a la Comisión informes médicos y hospitalarios relacionados con el diagnóstico y tratamiento de la lesión en la que se basa la reclamación, previa solicitud. Las normas de divulgación de la Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros de Salud (HIPAA) de 1996 que prohíben a los proveedores divulgar información de pacientes no se aplican a la VVF.

LEY DE DERECHOS DE VÍCTIMAS Y TESTIGOS DE DELITOS

§19.2-11.01 (A) (5) (a): Se informará a las víctimas y testigos de que sus direcciones, números de teléfono y direcciones de email no podrán ser divulgados salvo cuando sea necesario para la conducción de un procedimiento penal.

§19.2-11.01 (C): Los funcionarios y empleados del poder judicial deberán hacer esfuerzos razonables para informar sobre estas responsabilidades y garantizar que las víctimas y testigos reciban la información y los servicios a los que puedan tener derecho según la ley aplicable.

§19.2-11.2: A petición de cualquier testigo o víctima de delito, ni una agencia de aplicación de la ley, ni el abogado de la Commonwealth, ni el abogado de un acusado, ni un tribunal, ni el Departamento de Correcciones, ni ningún empleado de ninguno de ellos, pueden revelar, salvo entre ellos, la dirección residencial, ningún número de teléfono, dirección de email o lugar de trabajo del testigo o víctima, ni de un afiliado a la familia del testigo o de la víctima, excepto en la medida en que la divulgación sea . . . (ii) exigido por la ley o las Reglas del Tribunal Supremo, (iii) necesario para fines de aplicación de la ley o preparación para procedimientos judiciales, o (iv) permitido por el tribunal por causa justificada.

§63.2-104.1 (A): Para garantizar la seguridad de las víctimas adultas e infantiles de violencia doméstica, agresión sexual o acoso, los programas y las personas que presten servicios a dichas víctimas deberán proteger la confidencialidad y privacidad de las personas que reciben los servicios.